La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió quitarle una diputación plurinominal al PRI Jalisco y se la otorgó al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), lo que le da ventaja al partido Morena y sus aliados que tendrían el 50 más uno en el Congreso de Jalisco.
“Se estima que el ajuste debió recaer en la diputación que por resto mayor obtuvo el Partido Revolucionario Institucional (PRI), al ser el que tiene un menor porcentaje de sub representación de los tres partidos que accedieron a la asignación de cociente y resto mayor, y sin que con ello se genere una afectación al principio constitucional de paridad pues con el ajuste que se pretende la nueva asignación recaerá en una candidatura del Partido Verde Ecologista de México que es del género femenino”, dijo Jorge Castillo Valdivia, secretario del tribunal.
Durante la 57 sesión pública de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se determinó que por no atender los principios de sobre y subrepresentación, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) debe entregársela al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en la próxima 64 legislatura de Jalisco.
¿Quién dejaría el cargo y a quién sería entregado?
Con esta decisión, Alondra Getsemany Fausto de León, dejaría la diputación y el cargo sería entregado a Lucía Carmina Michel Pérez, de tal manera que Morena y sus aliados se queda con 13 diputaciones, Movimiento Cuidado con cinco y el PRI con dos.
La presidenta del PRI Jalisco, Laura Haro informó mediante sus redes sociales estar en total desacuerdo con la Sala Regional del Tribunal Electoral pues el Partido tricolor obtuvo los votos necesarios en las urnas para ganar esa representación, por lo que impugnaran ante la sala superior.
¿Cómo es el proceso de conformación del nuevo gobierno?
De acuerdo a la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal de Jalisco, en su artículo 14 señala el Presidente Municipal saliente debe convocar a los integrantes electos del ayuntamiento, para que se presenten el día 30 de septiembre del año de la elección a la hora que se señale en la convocatoria, y les debe tomar protesta de ley.
“Si el Presidente Municipal saliente no cumple con esa obligación, el Presidente Municipal entrante debe rendir la protesta de ley ante el resto de los integrantes electos del Ayuntamiento y a continuación, el propio Presidente debe tomar dicha protesta a los demás miembros del Ayuntamiento”
El Ayuntamiento debe iniciar sus funciones al día siguiente de que les fue tomada la protesta a sus integrantes.
El artículo 16 también señala que los responsables de las dependencias municipales deben proporcionar al nuevo titular lo siguiente:
- Lista del personal asignado
- Inventario de los bienes a su cargo
- Obras en proceso de realización
- Relación de asuntos en trámite
- Dinero, títulos, archivos, libros, documentos que conciernan a la institución y todo aquello que por cualquier concepto corresponda al patrimonio municipal.
¿Cuándo asumen funciones los nuevos diputados?
Será el 1 de noviembre cuando rinda protesta el nuevo congreso local con una duración de tres años y las posibilidades para sus integrantes para reelegirse hasta por cuatro periodos consecutivos.