Redacción
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, no incurrió
en promoción personalizada y con recursos públicos por ofrecer una conferencia
matutina diaria en Palacio Nacional durante los procesos electorales que se
realizaron este 2019, informó la Sala Regional Especializada del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Con una votación dividida, los magistrados determinaron que
“las conferencias más que propaganda gubernamental, son un auténtico ejercicio
periodístico sobre hechos noticiosos y temas de interés que no vulneran las
disposiciones constitucionales”.
Los magistrados determinaron que las concesionarias de radio
y televisión sí vulneraron la ley al transmitir ya sea de forma parcial o total
la conferencia mañanera; así como por no transmitir los promocionales pautados
por el Instituto Nacional Electoral (INE) durante ese tiempo.
Por lo que, determinaron que las concesionarias debían ser
sancionadas aunque se exoneró al Centro de Producción de Programas Informativos
y Especiales (Cepropie), la cual es encargada de transmitir íntegramente las
conferencias de prensa del presidente, ya que se consideró que no había ningún
requerimiento de su parte para que la señal fuera reproducida.
La magistrada María del Carmen Carrió dijo que “si bien
algunas de las conferencias matutinas podrían encuadrarse en propaganda
política, pues el contenido alude acciones y logros del gobierno, o sobre la
implementación de programas sociales, hay otras que son auténticos ejercicios
periodísticos”.