
Redacción
El Congreso de Jalisco recibió
una propuesta del gobernador del estado para modificar el Código Penal, con el
fin de imponer sanciones de 6 meses a 5 años de cárcel a quienes le peguen a
menores de edad, con o sin objetos, y generen alteraciones a la salud de la
víctima, ejerciendo la patria potestad, tutela, custodia o cuidado.
Se trata de los artículos 580
del Código Civil, así como el 3. En la modificación al 580, se establece que
queda prohibido el castigo corporal a los menores, de parte de sus padres o
tutores y se agrega el término severo o innecesario, al reiterar en la ley, que
se debe garantizar su bienestar físico y emocional, así como la promoción del
ordenado desarrollo de su personalidad.
El Diputado, José Hernán Cortés
Berúmen, presidente de la Comisión de Asistencia social, familia y niñez,
detalló que las denuncias se presentan en la Procuraduría de Atención de Niños,
Niñas y Adolescentes en Jalisco, y en caso de ser necesario el mismo menor,
podría denunciar actos de violencia en su contra, para después iniciar una
investigación que permita deslindar responsabilidades.
“Se agregó el término en la
propuesta de modificación, severo o innecesario… e decir el criterio de la
nalgada del padre que puede dar justificado bajo este tema pudiera proceder si
es para poder corregir la actitud que pueda tener”.
Para realizar las denuncias,
mismo menor podría marcar al número de emergencia 911, donde serán canalizados.
En el caso de violencia para los más pequeños, quienes podrían quedar
vulnerables debido a que no son capaces de comunicarse de manera independiente,
las denuncias las puede presentar cualquier persona, que sea testigo de los
actos.
“Cualquier lugar que él pueda
determinar para denunciar un acto ilícito, y de ahí se va derivando; es decir
no cabría la posibilidad de que si habla al 911 o a la policía, le digan que no
es ahí, tienen la obligación por tratados internacionales, cabida a la denuncia
y canalizarlo a la instancia que corresponda” , puntualizó el diputado.
El legislador Cortés Berúmen,
agregó las sanciones, si se comprueba la agresión, van desde la pérdida de la
patria potestad, hasta cárcel.
“Si estamos hablando del
código civil, puede ser, lo que sería la mayor sanción, la pérdida de la patria
potestad, es decir que ya no pudiera decidir o que estuviera cerca con el
menor, para poder tomar las decisiones sobre él”
Señaló que en el caso de lo
penal, las penas dependiendo la gravedad de la agresión, puede según el
Artículo 142-N, imponerse una pena de 6 meses a 5 cinco años de prisión, todo
dependerá del tipo de lesiones que reciba el menor.
Con información de El Heraldo
de México