Por: Patricia González Miranda
Últimamente he visto una serie de agravios y violencia política hacía la mujer y un caso que resonó mucho en estos días fue el de una Maestro de la Universidad Iberoamericana por escribir un comentario ofensivo hacía una mujer que aspira a la Secretaria de Morena.
Pero esto no es nada nuevo, la violencia política que sufren las mujeres en América Latina y en el mundo por ejercer sus derechos políticos electorales es cada día mayor.
De acuerdo con la ONU, el 35% de las mujeres en el orbe reciben violencia física o psicológica dentro de su campo laboral.
Aún existen ciertos roles y estereotipos que obstaculizan el cumplimiento de los derechos políticos electorales de las mujeres. Aquí es importante una política interinstitucional que garantice que las femeninas no sean subordinadas ni subrepresentadas en el ámbito político. En el Protocolo para la Atención de la Violencia Política de Género 2017 indica como detectar que has sido víctima de violencia política en razón de género: -1. El acto u omisión se base en elementos de género, es decir: I. se dirija a una mujer por ser mujer, II. Se tenga un impacto diferenciado y desventajoso en las mujeres; y/o III. las afecte desproporcionadamente. 2. Tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres. 3. Se dé en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o bien en el ejercicio de un cargo público, (sin importar el hecho de que se manifieste en el ámbito público o privado, en la esfera política, económica, social, cultural, civil, etc.; tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en un partido o institución política). 4. Sea simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico, sexual y/o psicológico. 5. Sea perpetrado por cualquier persona o grupo de personas -hombres o mujeres-, en particular: integrantes de partidos políticos, aspirantes, precandidatos(as), candidatos(as) a cargos de elección popular o de dirigencia partidista; servidores(as) públicos(as), autoridades gubernamentales, funcionarios(as) o autoridades de instituciones electorales; representantes de medios de comunicación; el Estado o sus agentes.-
Es primordial que se implementen Políticas Públicas con Perspectiva de Género tanto en los Partidos Políticos como en Instituciones Gubernamentales que permitan coadyuvar en la suma de esfuerzos para que la igualdad y equidad de género sea una realidad en México.
Dentro del capítulo “Medidas e Iniciativas Destinadas a Superar los Obstáculos y a Lograr la Aplicación Plena y Acelerada”, 81 inciso B de la Declaración de la Plataforma de Beijing 1995 comenta lo siguiente: “alentar la presentación de un mayor número de candidatas, incluso por medio de los partidos políticos, el establecimiento de cupos o de metas cuantificables y otros medios adecuados para la elección a los parlamentos y a estructuras legislativas de otro tipo, a fin de aumentar su participación en la formulación de las políticas públicas y su contribución a ellas”.
En este tenor, la homologación de Leyes en razón de género y de protocolos que hagan válidos los derechos de las mujeres para combatir la Violencia Política de Género es prelación. En el aspecto laboral, es importante que la mujer en el mismo puesto o nivel jerarquice tenga un salario igualitario en Instituciones de Gobierno o Empresas Privadas garantizando una igualdad de remuneración como una solución a la discriminación basada en el sexo.
Actualmente el Gobierno Federal es garante de una mayor participación de las mujeres en la vida pública y política de un país. Eso debe continuar.
Hombres y mujeres son igual de valiosos en el campo personal y laboral. Llegar a esta igualdad sustantiva es trabajo de todos y todas.