Redacción
La propuesta de despenalización
del aborto en Veracruz por el Congreso de esa entidad recibió un rotundo no por
parte de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para
desechar el proyecto.
Cuatro de los cinco integrantes
de la Primera Sala de la Corte votaron en contra de la propuesta del ministro
Juan Luis González Alcántara Carrancá, al considerar que el Congreso de
Veracruz no ha omitido legislar sobre el aborto; el asunto deberá ser enviado a
alguna de las ponencias de los ministros que votaron contra la propuesta.
El proyecto buscaba confirmar una
sentencia emitida en el estado de Veracruz para que el Congreso local
despenalice el aborto en la entidad. El juez de amparo consideró que la
penalización del aborto contenida en la legislación de Veracruz es una forma de
discriminación y transgrede el derecho a la salud y la libertad reproductiva.
Por ello, ordenó reformar los
artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del estado de Veracruz, que sancionan
el aborto, al considerar que el Congreso incurrió en omisión porque no ha
ajustado la ley local conforme a las leyes generales del país y los criterios
internacionales emitidos en la materia.
En su proyecto, el ministro
González Alcántara Carrancá coincidió con el criterio del juez federal.
“La prohibición total de la
interrupción del embarazo -vía tipificación penal- es una barrera que genera
discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a
la salud”, señaló.
“Para esta Primera Sala, las
decisiones de la mujer durante el periodo de las primeras doce semanas del
embarazo, previos al periodo fetal, son parte de su esfera privada que no está
sujeta a la potestad sancionadora del Estado. Por lo tanto, no es acorde con
las obligaciones convencionales aparejar una sanción penal por la interrupción
del embarazo durante este periodo”.
Sin embargo, durante la sesión de
este miércoles, los integrantes de la Sala consideraron que no existió omisión
legislativa y que, en todo caso, la norma existente es discriminatoria pero que
este alegato no fue planteado en el juicio de amparo analizado.
Al exponer sus motivos, la
ministra Norma Lucía Piña Hernández añadió que la Constitución no obliga a los
congresos a legislar en materia de aborto, razón por la que tampoco hay
omisión.
Con información de El Universal